Llaman a respetar feriado irrenunciable en Los Ríos: Multas van desde las 5 hasta las 20 UTM

Llaman a respetar feriado irrenunciable en Los Ríos: Multas van desde las 5 hasta las 20 UTM

Llaman a respetar feriado irrenunciable en Los Ríos: Multas van desde las 5 hasta las 20 UTM
Fiscalización | SEREMI del Trabajo
Llaman a respetar feriado irrenunciable en Los Ríos: Multas van desde las 5 hasta las 20 UTM
Fiscalización | SEREMI del Trabajo

Publicado por: Camila Oportus

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Un llamado a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable de Fiestas Patrias realizaron la seremi del Trabajo y Previsión Social de Los Ríos, Denisse Merino Cárdenas, y el director regional del Trabajo, César Paredes, durante un recorrido por distintos puntos del comercio de Valdivia.

Las autoridades entregaron información a trabajadores y empleadores sobre la normativa vigente y llamaron a planificar con anticipación las jornadas laborales, considerando que los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del comercio, de acuerdo con la Ley N°19.973.

El descanso deberá comenzar a las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre y extenderse hasta las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre, salvo las situaciones particulares asociadas a sistemas de turnos rotativos.

“Queremos hacer un llamado muy claro a respetar este feriado irrenunciable de Fiestas Patrias. Son fechas en que los trabajadores y trabajadoras del comercio tienen derecho a descansar y a compartir con sus familias, por lo que hacemos un llamado a los empleadores a organizar con anticipación sus turnos y cumplir con la normativa”, señaló la seremi del Trabajo.

Merino también llamó a los trabajadores a informarse sobre sus derechos y denunciar en caso de que estos no sean respetados. “Como Ministerio del Trabajo vamos a estar atentos y desplegados para que esta normativa se cumpla”, afirmó.

  • ¿Quiénes están exceptuados?

La normativa contempla actividades que, por sus características, están exceptuadas del feriado irrenunciable. Entre ellas se encuentran restaurantes, clubes, cines y otros establecimientos de espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos, farmacias de urgencia o de turno y establecimientos de venta de combustibles.

También están exceptuadas las tiendas de conveniencia asociadas a servicentros, siempre que elaboren alimentos para su consumo en el mismo local.

Los pequeños negocios de barrio, en tanto, pueden funcionar cuando son atendidos directamente por sus propios dueños o familiares directos.

Para los trabajadores que se desempeñan en actividades exceptuadas existe además una regla de descanso alternado. Esto significa que tienen derecho a gozar de estos feriados al menos una vez cada dos años, siempre que se mantengan contratados por el mismo empleador. Por lo tanto, quienes trabajaron durante Fiestas Patrias de 2025 y continúan con el mismo empleador deberán descansar durante estas fechas en 2026.

  • Fiscalización y multas

El director regional del Trabajo, César Paredes, informó que durante estas Fiestas Patrias se desplegarán equipos de fiscalización en distintos puntos de la Región de Los Ríos para verificar el cumplimiento de la normativa.

“Como Dirección del Trabajo vamos a estar desplegados en toda la Región de Los Ríos, fiscalizando el cumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable y verificando que los trabajadores que tienen derecho a este descanso efectivamente puedan ejercerlo”, indicó.

Además, señaló que se fiscalizará el cumplimiento del descanso alternado correspondiente a los trabajadores de actividades exceptuadas.

El incumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable puede generar multas de entre 5 y 20 UTM por cada trabajador afectado, dependiendo del tamaño de la empresa. La sanción corresponde a 5 UTM para empresas de hasta 49 trabajadores, 10 UTM para aquellas que tienen entre 50 y 199 y 20 UTM para empresas de 200 o más trabajadores.

En caso de detectarse una infracción, los trabajadores afectados deberán cesar sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.

  • ¿Dónde denunciar?

Los trabajadores y trabajadoras que no reciban el descanso correspondiente pueden realizar sus denuncias a través del sitio web de la Dirección del Trabajo, www.dt.gob.cl, o comunicarse con el Canal de Atención Telefónica al 600 450 4000, donde se entrega orientación sobre materias laborales.

Desde la Dirección del Trabajo recordaron que existe un programa nacional de fiscalización preventiva, con equipos desplegados en las distintas regiones del país para verificar el cumplimiento de la normativa laboral durante las celebraciones de Fiestas Patrias.

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