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Judicial Jueves 24 de Agosto de 2023 | Publicado a las 17:23 | Actualizado a las 17:25

Justicia acredita responsabilidad de empresa por fallidas obras de construcción del puente Cau Cau

Publicado por: Nicolás Silva
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Imagen de contexto: Puente Cau Cau | RioenLinea

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) logró establecer culpabilidad de empresa en la fallida construcción del puente Cau Cau, evitando una cuantiosa demanda que tendría que costear el Fisco.

Fue en 2019 cuando el 28° Juzgado Civil de Santiago emitió un fallo en torno a la demanda que interpuso Azvi, cuestionada compañía que estaba a cargo de las obras para edificar la infraestructura, esto antes que llegara Fe Grande, constructora que ejecuta el proyecto de solución definitiva del enlace.

Con esta acción judicial, efectuada en contra del Estado, la firma buscaba desligarse de la responsabilidad en los controvertidos errores en el sistema de levante del Cau Cau.

Es por ello que el tribunal determinó que el Fisco tenía que indemnizar a la empresa de capitales españoles con una suma que supera los $900 millones, determinando que se incumplió el contrato que el Ministerio de Obras Públicas (MOP) sostenía con la empresa. Es por este motivo que el CDE, en representación de la mencionada cartera, apeló a esta sentencia.

En ese sentido, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de apelación fiscal, resolviendo que el MOP estaba habilitado para culminar anticipadamente el contrato sostenido con la empresa a cargo de la construcción del puente Cau Cau.

Asimismo, se acogieron los argumentos presentados por el Consejo, estableciendo que el diseño entregado por la cartera no contaba con deficiencias y que, por el contrario, poseía la idoneidad suficiente para ser ejecutado por la constructora en perfectas condiciones, otorgando de esta forma la responsabilidad de las fallidas faenas a Azvi.

Sobre esta resolución, el presidente del CDE, Raúl Letelier, afirmó que el trabajo realizado por el órgano “permitió acreditar ante la Justicia los graves incumplimientos que cometió la empresa y que las indemnizaciones que ella solicitaba por el término del contrato fueran desestimadas en su totalidad, al rechazarse en todas sus partes la demanda deducida en contra del Fisco”.

Además, Letelier aseveró que “los juicios que involucran infraestructura pública son materia de permanente cuidado para el Consejo de Defensa del Estado, dado que ellos no sólo impactan el erario nacional, por los altos montos involucrados, sino que también, su postergación o incumplimiento afecta gravemente a las comunidades donde las obras deben ser emplazadas. En este caso, la necesidad de mejorar la conectividad de la ciudad de Valdivia”.

De esta forma, se revoca la resolución dictada en primera instancia, estableciendo responsabilidades de la empresa en la defectuosa construcción del puente Cau Cau, evitando a su vez que esta sea indemnizada por el Estado.

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