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Judicial Miércoles 01 de Febrero de 2023 | Publicado a las 11:25 | Actualizado a las 11:25

Tribunal Ambiental anula parcialmente declaratoria de Humedal Urbano Los Pelúes de Isla Teja

Publicado por: Nicolás Silva
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Inspección en el Humedal Los Pelúes | Tribunal Ambiental

El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia dejó sin efecto de manera parcial la declaratoria de humedales urbanos del Ministerio de Medio Ambiente, acogiendo en parte la reclamación de la inmobiliaria Teja Sur que acusó una errónea delimitación en el humedal Los Pelúes.

En febrero del 2022, la inmobiliaria Teja Sur presentó una reclamación ante el Tribunal Ambiental de Valdivia que buscaba dejar sin efecto la resolución del MMA que reconoció como humedal urbano parte del Humedal Los Pelúes, debido a que estaría mal delimitado a juicio de los reclamantes puesto que hay terrenos de su propiedad que no cuentan con la categorización correspondiente a un humedal.

Este hecho motivó al Tribunal Ambiental de Valdivia a efectuar diligencias de inspección en el terreno en cuestión, las cuales se llevaron a cabo en noviembre del año pasado.

Tras esto, el Tribunal acogió el reclamo de la inmobiliario, anulando de manera parcial la resolución del MMA, determinando, a su vez, que la cartera emita un nuevo acto administrativo en el que se excluya del polígono del humedal Los Pelúes las superficies que corresponden al límite Sur del Polígono Norte y a las laderas Norte y Oeste del Polígono Sur por no acreditar la presencia del criterio de vegetación hidrófita.

En cuanto al Polígono norte, la sentencia del tribunal establece que, “el MMA deberá excluir dichas superficies al momento de realizar la declaración de Sistema de Humedales Urbanos Sector Isla Teja”.

Por otro lado, lado, en relación a las laderas Norte y Oeste del Polígono Sur, se menciona que, “los antecedentes ponderados son suficientes para concluir que no se cumple con el criterio de vegetación hidrófita, existiendo en las cotas más elevadas dominancia de especies arbustivas no hidrófitas y pradera de maleza, por lo que el MMA deberá excluir dichas superficies al momento de realizar la declaratoria”.

Por último, el Tribunal no ordenó la exclusión de la ladera Este del Polígono Sur debido a que se evidenció la presencia de vegetación hidrófita.

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