Suprema deja sin efecto prisión preventiva de “El Rana” por homicidio de cabo Cosme

Suprema deja sin efecto prisión preventiva de “El Rana” por homicidio de cabo Cosme

Suprema deja sin efecto prisión preventiva de “El Rana” por homicidio de cabo Cosme
Fotografía de contexto | Pixabay
Suprema deja sin efecto prisión preventiva de “El Rana” por homicidio de cabo Cosme
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Publicado por: Camila Oportus

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La Corte Suprema dejó sin efecto la prisión preventiva decretada contra Carlos Esteban Cancino Tapia, alias «El Rana», en la causa por el homicidio del cabo 1° de Carabineros Marco Javier Cosme Barquero y los ataques contra otros dos funcionarios policiales. Sin embargo, la resolución no implica que el imputado haya quedado en libertad, ya que mantiene vigente otra prisión preventiva en una causa distinta.

Los hechos por los que fue formalizado en Valdivia ocurrieron el 15 de julio de 2026, cuando funcionarios del GOPE y OS9 de Carabineros concurrieron hasta la comunidad Antillanca, sector Las Minas, localidad de Curiñanco, para cumplir una orden judicial de detención y entrada y registro respecto de Cancino Tapia.

De acuerdo con los antecedentes expuestos en la investigación, el imputado habría mantenido en sus manos un revólver calibre .38 cargado con municiones y, al ingresar los funcionarios policiales al inmueble, habría efectuado disparos contra los uniformados.

Producto del ataque, el cabo 1° Marcos Javier Cosme Barquero resultó gravemente herido y posteriormente falleció a consecuencia de una herida craneoencefálica provocada por un proyectil balístico. En tanto, los carabineros Roberto Canio Quilaqueo y Juan Carlos Jara Segura también resultaron lesionados.

Por estos hechos, el Juzgado de Garantía de Valdivia decretó el 24 de julio la prisión preventiva de Cancino Tapia, quien fue formalizado por tres delitos de homicidio contra funcionarios de Carabineros en ejercicio —uno consumado y dos frustrados—, además de porte ilegal de arma de fuego, porte ilegal de municiones y receptación.

  • Recurso de amparo

La defensa del imputado recurrió de amparo ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, tribunal que el 31 de julio acogió la acción constitucional y dejó sin efecto la prisión preventiva decretada en la causa de Valdivia.

Ante esta resolución, tanto el Ministerio Público como Fernanda Beatriz Pulgar Salamanca, viuda del cabo Cosme y querellante en la causa, recurrieron ante la Corte Suprema solicitando que se restableciera la medida cautelar.

La Fiscalía sostuvo que la prisión preventiva decretada por el Juzgado de Garantía de Valdivia constituía un título cautelar independiente de la medida que ya afectaba al imputado en otra investigación.

En ese sentido, argumentó que cada causa tiene necesidades cautelares propias y que la existencia de una prisión preventiva decretada por otro tribunal no impedía que el Juzgado de Garantía de Valdivia decretara una nueva medida, siempre que se cumplieran los requisitos establecidos en el artículo 140 del Código Procesal Penal.

La Fiscalía planteó además que no se trataba de una “prisión preventiva anticipada”, sino de una medida cautelar solicitada y decretada directamente conforme a las reglas generales del Código Procesal Penal.

La viuda del cabo Cosme también pidió revertir la decisión, argumentando que dejar sin efecto la medida cautelar decretada en Valdivia constituía una amenaza para su seguridad personal.

Sobre este tema el Seremi de Seguridad en Los Ríos, Juan Agustín Meléndez, explicó que «es un tema que escapa de lo que uno puede hacer porque existe un criterio en la materia que no podrían existir dos prisiones preventivas en forma paralela. La primera prisión preventiva se da en la Región de La Araucanía también por el homicidio de un carabinero y el segundo caso es en esta región por el homicidio de otro carabinero, entonces la suerte esta en que es un criterio del máximo tribunal y que señala que en definitiva existiendo una prisión preventiva no podría existir otra prisión preventiva en forma paralela. Es el criterio de la Corte Suprema y se debe respetar».

  • Imputado continúa en prisión preventiva

Finalmente, la Corte Suprema resolvió mantener la decisión que dejó sin efecto la prisión preventiva decretada en la causa de Valdivia.

No obstante, esto no significa que Cancino Tapia haya quedado en libertad ni que actualmente no se encuentre en prisión preventiva.

El imputado mantiene vigente una segunda prisión preventiva en una causa distinta, tramitada ante el Juzgado de Garantía de Temuco, relacionada con la investigación por el homicidio del suboficial mayor de Carabineros Eugenio Nain Retamal.

Por lo tanto, la resolución de la Corte Suprema afecta específicamente a la cautelar decretada en la investigación por el homicidio del cabo Cosme y los ataques contra los otros dos funcionarios, pero Cancino Tapia continúa privado de libertad en virtud de la medida cautelar decretada en la causa que se tramita en Temuco.

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