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Judicial Lunes 02 de Mayo de 2022 | Publicado a las 17:26 | Actualizado a las 17:26

Rechazan reclamo que acusaba ilegalidad en paralización de proyecto inmobiliario en costa valdiviana

Publicado por: Gabriel Vallejos
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Imagen de contexto | Pixabay

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó un reclamo de legalidad, interpuesto por representantes del proyecto Parque La Ballena, contra la resolución municipal que paralizó la iniciativa habitacional en el sector costero.

Se trata de la acción presentada por la empresas Enaacción SpA y la Inmobiliaria SMS Limitada, relativa al decreto municipal de julio de 2021, en el cual se ordenó la interrupción de seis construcciones de esta naturaleza -entre ellos el denominado Parque La Ballena- por no contar con autorización del Departamento de Obras Municipales (DOM).

De acuerdo a los reclamantes, entre otras cosas, los actos que vulnerarían sus derechos y las disposiciones legales, son la firma de la alcaldesa Carla Amtmann en el escrito -que según ellos no estaría facultada para tal determinación- además de actas de fiscalización inexistentes, relativas a las infracciones a la Ley de Urbanismo y Construcciones, contenidas en el decreto de paralización.

Tras revisar los medios de prueba y escuchar los alegatos de las partes, la Corte de Apelaciones de Valdivia, en fallo unánime, estableció que “es posible advertir claramente que no existe extralimitación de las facultades de la Alcaldesa recurrida al suscribir el mencionado decreto, toda vez que el mismo emana directamente de quien posee la facultad legal para ello, esto es el Director de Obras Municipales, sin perjuicio de que la firma tanto de la Alcaldesa como del Secretario Municipal es solo testimonial en cuanto representante legal de la Municipalidad”.

En otro punto, el tribunal de alzada señaló que “el acto administrativo impugnado y reclamado por esta vía, ha sido dictado por autoridad con facultades para ello, en el marco de su competencia y con los argumentos fácticos y jurídicos que lo justifican, necesario es concluir que en la especie no se configura alguna trasgresión a las garantías legales y constitucionales invocadas de la forma que expresan los reclamantes”.

Es por aquello que la corte valdiviana resolvió rechazar la acción legal de dichas empresas, confirmando que el proyecto en cuestión seguirá paralizado.

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