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Medio Ambiente Jueves 31 de Marzo de 2022 | Publicado a las 14:44 | Actualizado a las 14:44

Ordenan a forestal que restituya cauce desviado en la Reserva Mocho Choshuenco

Publicado por: Gabriel Vallejos
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El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia acogió la solicitud para que la empresa forestal COFOMAP, perteneciente al Holding Huilo Huilo, restituya el cauce de un río de origen glacial inserto en la Reserva Nacional Mocho Choshuenco, que fue desviado sin autorización, en abril del año 2020.

La decisión del tribunal se enmarca en la demanda por daño ambiental presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en contra de la Compañía Forestal y Maderera Panguipulli S.A (COFOMAP), debido a la alteración de un curso de agua, mediante la construcción de dos acueductos, utilizando maquinaria pesada.

En razón de aquello, los demandantes solicitaron que la instancia jurisdiccional ordenara a COFOMAP elaborar una caracterización del estado actual de la reserva y también del ecosistema de la microcuenca del Río Pillanleufu. A ello se agregaba una tercera medida cautelar, consistente en la confección de un plan para restituir el cauce alterado.

Las dos primeras peticiones fueron rechazadas, mientras que la tercera quedó sujeta a una revisión por parte de un equipo del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, ente que -tras realizar dicha diligencia- ordenó a la forestal “restituir el flujo de agua hacia el río Pillanleufu, permitiendo el escurrimiento hacia el cauce original. Para ello debe elaborar un plan de trabajo, el cual, previo a su ejecución, deberá estar aprobado por CONAF y DGA”.

Según se lee en la resolución, ésta se explica porque “el desvío del denominado cauce hacía la microcuenca del río Fui, está produciendo la formación de un nuevo canal estable en un sector de la ladera del volcán, donde originalmente no existía, alterando así los patrones de escurrimiento en diversos puntos de dicha ladera”, agregándose que “los efectos adversos asociados al desvío del agua siguen produciéndose y agravándose”.

En la inspección en terreno, también se constató la presencia de restos de estructuras plásticas en el lugar, las que deberán ser retiradas, señalándose que la restitución debe efectuarse con la menor intervención posible, sin utilizar materiales ajenos a la ladera volcánica. 

Así, se instruyó que COFOMAP presente -en un plazo de diez días corridos- un plan para cumplir la medida cautelar, el que deberá ser aprobado por la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y la Dirección General de Aguas (DGA), fijándose el mismo periodo de tiempo para resolver.

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