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Política Martes 07 de Mayo de 2019 | Publicado a las 15:06 | Actualizado a las 15:18

Las contradicciones del Intendente Asenjo por polémicas imágenes de sus hijos portando un arma

Publicado por: Diego Malverde
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El intendente de Los Ríos César Asenjo cayó en contradicciones respecto a la fecha en que fueron tomadas las polémicas fotografías junto a sus hijos menores de edad portando un arma de fuego.

Todo comenzó con la revelación en redes sociales y medios de comunicación digitales de una serie de imágenes que muestran al actual intendente de Los Ríos César Asenjo junto a sus hijos menores de edad portando una escopeta. La situación ha escalado a nivel político e incluso judicial, debido a que la Fiscalía inició una investigación de oficio, donde la autoridad prestó declaración.

Sin embargo, con el paso de los días, en vez de aclarar las aguas en torno al caso, ha ocurrido lo contrario, ya que la autoridad ha caído en contradicciones respecto a sus dichos y las declaraciones emitidas desde la Intendencia Regional.

Cabe recordar, que el pasado sábado, Asenjo dio a conocer una declaración pública a título personal en la cual señala textual que “dichas imágenes corresponden al año 2015 y efectivamente se trata de un arma inscrita (…) admito el error de haberlos fotografiado el año 2015”.

No obstante, hoy martes al ser consultado respecto al año en que fueron tomadas las polémicas imágenes, la autoridad cayó en una contradicción y afirmó a RioenLinea que “hay fotos del año 2012, 2013 y 2014…”.

De paso, la autoridad aclaró que no cuenta con permiso para la tenencia de armas, sino que esa autorización recaería en su familia.

  • Cambio de legislación de la Ley de Control de Armas

Este repentino cambio en la versión del Intendente Asenjo en relación a las fechas llama la atención, considerando que fue justamente en el año 2015 donde se ingresaron modificaciones a la Ley de Control de Armas, respecto a las sanciones aplicadas por la tenencia de armamento en menores de edad.

Entre dichas modificaciones, mediante la Ley 20.813 promulgada el 31 de enero de 2015, se aplican cambios -entre otros- a los Artículos 10 y 10-A de la mencionada regulación de armas, haciendo mención a la situación de menores de edad.

Particularmente, en lo que concierne a este caso, el Artículo 10-A establece que el “que, contando con la autorización a que se refiere el artículo 4º, entregare a un menor de edad alguno de los elementos señalados en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 2º, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo”.

Asimismo, en dicho artículo se dispone que la “misma sanción se impondrá al que, teniendo dicha autorización, permitiere que un menor de edad a su cargo tenga en su poder alguno de los elementos antes mencionados“.

Por último, la disposición legal especifica que se “impondrá una multa administrativa de 3 a 7 unidades tributarias mensuales al poseedor autorizado de dichos elementos cuando, por su mera imprudencia, éstos quedaren en poder de un menor de edad que estuviere a su cargo“.

  • La declaración pública que emitió el sábado el Intendente Asenjo

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