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Medio Ambiente Martes 23 de Julio de 2019 | Publicado a las 13:06 | Actualizado a las 13:06

Gobierno cambia Emergencia por Preemergencia Ambiental en Valdivia

Publicado por: Camila Oportus
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Imagen de contexto | RioenLinea

La Intendencia de Los Ríos cambió la Emergencia Ambiental declarada para este martes 23 de julio, por una Preemergencia Ambiental debido a los cambios en la calidad del aire y condiciones meteorológicas.

Según el pronostico de calidad del aire de la Secretaría General Ministerial de Medio Ambiente de Los Ríos para este martes 23 de julio cambiaron respecto a lo anunciado durante la jornada del lunes que preveía malas condiciones atmosféricas.

Por ello se decidió cambiar de Emergencia Ambiental a Preemergencia del Programa de Descontaminación Atmosférica de Gestión de Episodios Criticos de este 2019 en Valdivia, para la Zona Territorial A.

Lo anterior fue confirmado por el SEREMI de Medio Ambiente, Daniel del Campo, quien expresó que “informamos a los vecinos de Valdivia que los cambios en las condiciones meteorológicas y de calidad del aire constatados durante esta mañana han determinado cambiar el episodio crítico de emergencia por uno de preemergencia afectando a la zona territorial A esto implica la prohibición del uso de calefactores a leña desde hoy a las 18:00 horas, hasta mañana 24 de julio a las 6:00 horas”.

Con esta medida, se prohíbe el uso de más de un calefactor a leña por vivienda durante todo el día; y el uso de los calefactores; cocinas a leña; de calderas a leña con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt; calderas industriales y de calefacción, con una potencia mayor a 75 kWt y que presenten emisiones mayores o iguales a 30 mg/m3N de material particulado fino; desde las 18:00 hasta las 06:00 horas.

Se exceptuarán de esta prohibición los calefactores a leña que pertenezcan a los programas de recambio del Ministerio del Medio Ambiente y aquellos que cuenten con un sello de certificación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Asimismo, se eximen de esta prohibición los calefactores y calderas instaladas en establecimientos de la red pública de salud, establecimientos de larga estadía de adultos mayores, hogares de menores, establecimientos educacionales y establecimientos de salud privados (sólo hasta quinto año desde entrada en vigencia del plan).

La fiscalización para el cumplimiento de estas medidas está a cargo de personal de la Secretaría Regional Ministerial de Salud y quienes no acaten las restricciones se exponen a recibir una citación para el inicio de un sumario sanitario, que puede resultar en una amonestación o una multa, la que puede ir desde 1 a 1000 UTM, según establece el Código Sanitario.

  • Revisa acá el mapa con las zonas territoriales

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