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Judicial Miércoles 26 de Octubre de 2022 | Publicado a las 21:17 | Actualizado a las 21:17

Corte de Valdivia confirma indemnización a estudiante detenido y torturado en dictadura

Publicado por: Gabriel Vallejos
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Imagen de Archivo | RioenLinea

La Justicia en Valdivia ratificó una condena al Fisco, obligándolo a pagar una indemnización a un estudiante detenido ilegalmente y torturado durante la dictadura cívico militar.

Estableciendo la jerarquía del derecho internacional en materia de derechos humanos, así como también los tratados ratificados por el país, la Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó un recurso del Fisco de Chile, que buscaba revertir la decisión -del Primer Juzgado Civil valdiviano- de indemnizar a la víctima.

Se trata de Manuel Zenón Danilo Sobarzo García, quien en septiembre de 1989 era estudiante de Historia y Geografía de la Universidad de La Frontera de Temuco y fue detenido y posteriormente torturado por agentes del Estado, al efectuar rayados contra militares.

Luego que en primera instancia se decidiera condenar al Fisco a pagar la suma de $30 millones Sobarzo García, quien presentó una demanda civil de indemnización de perjuicios por daño moral, los demandados recurrieron al tribunal de alzada para frenar lo resuelto, alegando prescripción y excepción perentoria de reparación.

Sin embargo, la corte valdiviana hizo suyo el fallo del juzgado civil, que esgrimió que “las acciones civiles tendientes a obtener la reparación íntegra de los perjuicios ocasionados, encuentra su fundamento en los principios generales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y establecimiento normativo en los tratados internacionales ratificados por Chile, los cuales obligan al Estado de Chile a reconocer y proteger este derecho a la reparación íntegra”.

En este sentido, también se falló que “no resultan aplicables las normas del Código Civil sobre prescripción de las acciones civiles comunes de indemnización de perjuicios, como pretende el Fisco demandado, pues ellas contradicen, como se dijo, la normativa internacional”.

Por estos motivos, de forma unánime el tribunal de alzada ratificó acoger parcialmente la demanda civil en favor de la víctima, confirmándose la transferencia de dicho monto, por concepto de daño moral.

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