RíoenLínea
Judicial Lunes 15 de Julio de 2019 | Publicado a las 16:26 | Actualizado a las 16:26

Corte de Valdivia acoge recurso de amparo por menor herido tras detención de Carabineros en marcha estudiantil

Publicado por: Germán Pérez
Visitas 2261
Fotografía de contexto | RioenLinea

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de amparo por un menor que resultó herido tras ser detenido por Carabineros luego de una marcha estudiantil.

Fue el Instituto Nacional de Derechos Humanos que interpuso un recurso de amparo a favor de un adolescente de 15 años de edad y en contra de Carabineros, luego que el menor fuera golpeado por personal policial tras ser detenido, ante una manifestación por el cambio curricular en tercero y cuarto medio.

En la acción judicial presentada ante la Corte de Apelaciones por el INDH, se acusó que tras la detención y al interior de un bus de Carabineros, “un policía se sube sobre su espalda y pone su rodilla a la altura de los pulmones, el comienza a decir que no puede respirar, ante lo cual, los funcionarios policiales se ríen y uno de ellos le grita al otro, “ahoga a ese hueón” celebraba dicha conducta. Así, reducido, recibió fuertes golpes de puño y patadas”.

La Corte de Apelaciones resolvió que “no es posible concluir que la actuación de la policía uniformada haya sido proporcional a los hechos que enfrentaba, enmarcada en el ordenamiento jurídico y cumpliendo sus propios protocolos, pues se dejó a un adolescente herido, causando un mal mayor que al estrictamente necesario”.

Asimismo, ante la información aportada por ambas partes, se constató que “el adolescente recibió al interior del bus policial, bofetadas, golpes en distintas partes de su cuerpo, insultos, amenazas de asfixia, entre otros, lo que, a todas luces, no corresponde a técnicas de reducción. Si no, sólo el acto de lastimar/castigar por manifestarse”.

Además, se concluyó que Carabineros “usó fuerza excesiva y desproporcionada , en contra del menor (…) en el contexto de una manifestación pública en atención a que, según sus dichos, se había sobrepasado el nivel 3 de resistencia pasiva, de lo que dan cuenta tanto las fotografías del menor que registran lesiones en diversas partes de su cuerpo, como el informe de constatación de lesiones del Hospital Regional de Valdivia”.

El Tribunal de Alzada, manifestó en su fallo que durante la manifestación no se cumplió con la etapa de disuasión, ni con la obligación de informar a sus padres.

Es por ello, y ante los antecedentes aportados en el proceso que la Corte de Apelaciones acogió el recurso de amparo, “sólo en cuanto, estableciendo que el actuar de los funcionarios de las Fuerzas Especiales en los hechos narrados en el recurso, se apartó del ordenamiento jurídico constitucional y legal”.

Por último, se ordenó a la Prefectura de Fuerzas Especiales de Valdivia “a efectuar en lo sucesivo los procedimientos policiales con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose de afectar el derecho fundamental del amparado a su libertad personal y seguridad individual, teniendo en especial consideración el uso de los medios de disuasión que se empleen en cumplimiento de la función que le compete en el control de aquellos que causen desórdenes”.

La Corte de Apelaciones pidió a Carabineros que informe en un breve plazo el resultado de la investigación administrativa que está en curso por parte de la institución policial.

Cabe destacar, que parelalamente en el Tribunal de Garantía de Valdivia se está tramitando una querella interpuesta por el actuar policial.

Comentarios