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Judicial Viernes 25 de Agosto de 2023 | Publicado a las 09:06 | Actualizado a las 09:07

Corte acoge recurso de protección de alumna que denunció acoso sexual y hostigamiento en la UACh

Publicado por: Nicolás Silva
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La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de protección que presentó una alumna de la Universidad Austral de Chile (UACh), esto tras constatar que no se tomaron las medidas de resguardo frente a las denuncias de acoso sexual y hostigamiento que expuso la estudiante.

Fue a fines del 2022 cuando una médica cirujana, que cursa el segundo año de la especialidad de psiquiatría en el campus Osorno, denunció al director del mencionado programa ante una comisión que interviene en situaciones de acoso, violencia y discriminación al interior de la comunidad universitaria,

Si bien en esta instancia se acogió la denuncia, tras un largo período de investigación no se adoptaron las medidas de resguardo frente a situaciones como las que acusó la profesional.

A raíz de esto, la alumna estudiante presentó un recurso de protección, el cual fue acogido por la Segunda Sala del tribunal de alza en forma unánime, esto por estimar que la UACh vulneró las garantías fundamentales de la alumna.

Esto porque –según el fallo– el reglamento de la mencionada comisión establece que el plazo para instruir procedimientos disciplinarios es de 25 días hábiles, mientras que el artículo 32 prevé que esta instancia “deberá emitir su resolución definitiva respecto a la investigación realizada en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción del informe final o desde que se realizaron las últimas diligencias dispuestas por ella”.

La resolución del tribunal añade que “conforme a los antecedentes expuestos, ha existido un considerable retraso en la tramitación de la investigación, ya que la misma se inició el 28 de noviembre de 2022, sin que exista constancia que haya concluido, vulnerándose lo dispuesto en el reglamento aludido en el considerando precedente”.

Es por este mismo motivo que el tribunal establece que “el procedimiento se ha extendido más de ocho meses, lo que deviene en una vulneración de las garantías fundamentales de la recurrente al someterla a una indefinición de su situación educacional, lo que resulta particularmente grave dado el estado de avance del año académico y la ausencia de cumplimiento íntegro de las medidas dispuestas por la Comisión para resguardar los derechos de la víctima”.

Por otro lado, para el tribunal de alza, si bien la comisión adoptó las determinaciones dentro de sus facultares, “lo cierto es que en el presente caso aquellas solo pueden ser entendidas como una actuación arbitraria, ya que se ha privado a la recurrente de la posibilidad de continuar sus estudios en Valdivia, pese a constatar la ineficacia de las medidas de protección dispuestas y a la falta de finalización del procedimiento”.

Así, el fallo concluye que “se ha vulnerado en forma arbitraria la integridad psíquica de la recurrente, al mantener medidas de protección ineficaces por un plazo no razonable, que denotan ausencia de la debida diligencia en el resguardo de la actora y, por ende, constituye una forma de negación de su derecho a la igual protección, que afecta la posibilidad de continuar con sus estudios. En consecuencia, cabe adoptar medidas urgencias con la finalidad de cumplir con las convenciones internacionales a las que el Estado adscribió, tal como se dirá en lo resolutivo”.

De esta forma, la Corte acogió el recurso de protección, sin costas, en contra de la casa de estudios, disponiendo que como medida la estudiante sea trasladada al campus de Valdivia para continuar con el programa de formación en psiquiatría.

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