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Judicial Miércoles 30 de Noviembre de 2022 | Publicado a las 14:59 | Actualizado a las 14:59

Confirman penas de 10 años de cárcel para autores de incendio por encargo en Panguipulli

Publicado por: Gabriel Vallejos
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Imagen de contexto | Pixabay

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia de 10 años de cárcel para un médico que pagó por incendiar la casa de su exesposa en Panguipulli, misma pena que recibió el sujeto que se encargó de cometer el delito.

Tras las rejas deberán cumplir sus condenas Óscar Sandrino Leiva González y Jean Paul Duran Painenao, quienes respectivamente son el autor inductor y autor ejecutor de un incendio ocurrido en agosto de 2018, en una cabaña de la localidad de Coñaripe, hecho que estaba destinado a dañar a la expareja de Leiva González.

El Tribunal de Juicio Oral de Valdivia -en septiembre de este año- acreditó el papel de ambos en el ilícito y los sentenció a 10 años de presidio efectivo, constatando además que el siniestro intencional afectó a una vivienda distinta, habitada por una familia que logró escapar.

Pese a esto, las defensas de ambos hombres presentaron un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, por considerar que las penas fueron asignadas con pruebas insuficientes y mal ponderadas, vulnerando la presunción de inocencia. Todo esto fue desestimado por el tribunal de alzada, que rechazó la acción legal.

La corte estableció que “con el análisis detallado de la prueba, el tribunal ha podido establecer los hechos que determinaron la responsabilidad del Sr. Leiva como autor inductor. Es así como la sentencia, acude a múltiple prueba indiciaria para por una parte establecer la relación entre el Sr. Leiva y el Sr. Durán antes de los hechos y con posterioridad a ellos, a saber, intervenciones telefónicas que revelan comunicación entre ellos y la familia del Sr. Durán, el pago de dinero por cometer el ilícito, lo que se determinó con los registros de cuentas corrientes, el relato del Sr. Aillapi, las compras en Licanray, entre otros que la sentencia señala con precisión”.

Así, la corte valdiviana ratificó las sentencias en contra de los autores, existiendo un tercer, Rony Osvaldo Aillapi Arias, condenado a cuatro años de cárcel en calidad de cómplice.

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