Estado deberá pagar $90 millones a profesor que perdió visión por perdigones en manifestación en Valdivia

Estado deberá pagar $90 millones a profesor que perdió visión por perdigones en manifestación en Valdivia

Estado deberá pagar $90 millones a profesor que perdió visión por perdigones en manifestación en Valdivia
Corte de Apelaciones Valdivia | Archivo
Estado deberá pagar $90 millones a profesor que perdió visión por perdigones en manifestación en Valdivia
Corte de Apelaciones Valdivia | Archivo

Publicado por: Emanuel Gutiérrez

Compartir en Facebook Compartir en Whatsapp Compartir en Telegram Copiar enlace

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió por unanimidad la demanda contra el Fisco presentada por un profesor que perdió la visión del ojo derecho, tras recibir perdigones lanzados por Carabineros durante una manifestación en octubre de 2019.

El fallo argumenta que el docente resultó herido mientras huía de carros lanza agua y lanza gases, sin que se registrara participación en actos violentos. Carabineros habría disparado perdigones indiscriminadamente, lo que llevó a concluir que fueron lanzados “a la masa de personas, sin discriminación”, un uso desproporcionado de la fuerza.

“En ese orden de ideas, lo que si se logró acreditar es que el Sr. (…) resultó lesionado mientras huía junto a otras personas, del accionar de los carros lanza agua y lanza gases; que efectivamente al menos tres funcionarios policiales lanzaron 33 perdigones de goma”, detalla el fallo.

Además, la resolución de la corte expone que “ninguna conducta particular se ha atribuido al actor o al grupo de personas que huyeron junto a él. Ni saqueos, ni barricadas con fuego, ni agresión a carabineros ni otra similar. Mal podrían los funcionarios policiales atribuirle alguna conducta específica si ni siquiera advirtieron que estaba herido en el lugar (…) lo que nos permite concluir que las balas eran disparadas al azar, a la masa de personas, sin discriminación en torno a sus conductas y por ende la proporcionalidad del uso de los niveles más altos de fuerza”.

En ese sentido, la Corte enfatiza que las escopetas antidisturbios, aunque no sean armas letales, representan un nivel de agresividad que puede causar lesiones graves y provocar un daño emocional duradero. Además, destaca que hubo falta de asistencia inmediata tras la lesión sufrida.

El fallo agrega que “de los hechos establecidos, resulta que se desprende un evidente daño moral. La lesión sufrida ha dejado consecuencias graves e irrecuperables al actor. Tal situación sin duda ha provocado un daño emocional, un sufrimiento que acompañará al Sr. (…) el resto de la vida, pues, además, no ha podido desempeñarse en la profesión que sostenía hasta antes de los hechos, provocándole también un sufrimiento por el menoscabo e inestabilidad económica que tal situación le ha provocado”.

Para el tribunal de alzada “como ya se ha dicho los hechos dan cuenta claramente de la falta de servicio de los agentes del Estado, ya por acción al disparar indiscriminada y desproporcionadamente, ya por omisión al no auxiliar a la persona lesionada”.

Por tanto, resuelve que “se revoca la sentencia de seis de agosto de dos mil veinticuatro y en su lugar se declara que se acoge la acción de indemnización de perjuicios por daño moral, fijándose en la suma de $90.000.000 (noventa millones de pesos), monto que deberá pagar el Fisco, reajustado y con intereses legales, contados desde que la presente sentencia quede ejecutoriada”.

 

 

Subir al comienzo del sitio