Medio Ambiente

Tribunal acogió demanda por daño ambiental a humedal Santo Domingo y ordena plan de reparación

Tribunal acogió demanda por daño ambiental a humedal Santo Domingo y ordena plan de reparación

Tribunal acogió demanda por daño ambiental a humedal Santo Domingo y ordena plan de reparación
Humedal Santo Domingo | Fundación Forecos Contexto
Tribunal acogió demanda por daño ambiental a humedal Santo Domingo y ordena plan de reparación
Humedal Santo Domingo | Fundación Forecos Contexto

Publicado por: José Aedo

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El Tercer Tribunal Ambiental acogió una demanda del Municipio de Valdivia por daño ambiental ocasionado por un particular en el humedal del sector Santo Domingo.

Se trata de una acción judicial que interpuso la casa edilicia el año 2019 en contra de Carlos Baeza, a quien atribuyó la realización de obras de relleno, secado y drenaje en terrenos que formarían parte del sistema hidrológico del río Valdivia, específicamente, en el humedal de dicho sector.

La demanda planteó que las obras habrían afectado los servicios ecosistémicos, particularmente los de regulación hídrica, capacidad de infiltración y regulación frente a eventos climáticos extremos, como consecuencia de la construcción de áreas laterales del humedal; además de los servicios de provisión de hábitat de vida silvestre, así como de paisaje y turismo.

Frente a la presentación de la demanda, el Tribunal decretó la medida de cese inmediato de toda actividad de disposición de tierra, materiales o residuos, y de relleno, secado o drenaje, que desarrollara la parte demandada en el humedal.

Durante la audiencia realizada en julio del año 2022, las partes habían manifestado su interés en llegar a un acuerdo conciliatorio, el que finalmente no se concretó.

De este modo, el Tribunal Ambiental, luego de la revisión de los antecedentes, de efectuar la audiencia de alegatos y la etapa de prueba, resolvió acoger la demanda, por lo que declaró que el demandado produjo daño ambiental al humedal.

La sentencia señala en parte que “se ha ocasionado una reducción significativa del área inundable mediante el relleno y drenaje, en un humedal en el que se produce un efecto barrera dado por la Ruta 206, que delimita o fragmenta esta formación del resto del Humedal Santo Domingo, y a la vez, restringe el hábitat remanente para comunidades de anfibios particularmente”.

Como consecuencia, el demandado deberá crear un Plan de Reparación dentro del plazo de 120 días desde la notificación de la sentencia, el que deberá devolver el humedal afectado a su estado original o previo a su alteración.

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