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Judicial Miércoles 29 de Mayo de 2024 | Publicado a las 09:47 | Actualizado a las 09:47

Municipio de Valdivia perdió recurso de nulidad y deberá indemnizar a director de escuela por despido ilegal

Publicado por: José Aedo
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Municipalidad de Valdivia | Contexto

La Corte de Apelaciones rechazó un recurso de nulidad interpuesto por la Municipalidad de Valdivia que buscaba dejar sin efecto una sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo que obligaba a la corporación edilicia pagar poco más de 99 millones de pesos por despido a un director.

Se trata del director de la escuela Fernando Santiván quien fue designado para ejercer el cargo entre 2021 y 2026, sin embargo, el año pasado la alcaldesa y la secretaria municipal le habrían solicitado la renuncia. 

En fallo unánime (causa rol 85-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marcia Undurraga Jensen, Carlos Acosta Villegas y el abogado (i) Juan Andrés Varas Braun– descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia.

El fallo del Tribunal de Alzada plantea que en este caso la autoridad facultada no solicitó la renuncia del director de manera anticipada y tampoco solicitó la aprobación para ello.

En efecto, en este caso la autoridad facultada para ello no solicitó la renuncia anticipada del actor, y tampoco solicitó la aprobación del sostenedor para pedir dicha renuncia. Incluso quien puso término a la relación laboral del actor no era la autoridad facultada por la ley para pedir su renuncia anticipada”, plantea el fallo.

La resolución agrega que “queda claro que, quien dispuso el término de la relación laboral del demandante, no fue el Jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal o de la Corporación Municipal con aprobación del sostenedor, sino la Alcaldesa y la Secretaria Municipal, sin existir una previa solicitud de renuncia al actor, por lo que la demandada actuó fuera de sus atribuciones al no proceder de la forma y por la autoridad mencionada en el artículo 34 de la Ley 19.070”.

De esta manera, la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de nulidad presentado por la abogada de la Municipalidad de Valdivia Marlys Brandt, debiendo la casa edilicia pagar una indemnización de $99.078.615 por concepto de lucro cesante, al director.

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