RíoenLínea
Judicial Domingo 30 de Octubre de 2022 | Publicado a las 16:14 | Actualizado a las 16:14

Gobierno recurre a la Suprema para revertir orden de resguardo a predio tomado en Corral

Publicado por: Gabriel Vallejos
Visitas 1290
Imagen de Archivo | RioenLinea

La Delegación Presidencial de Los Ríos recurrió a la Corte Suprema, buscando dejar sin efecto el fallo judicial que ordenó a la exDelegada Paola Peña, a implementar un plan de resguardo a un predio tomado en Corral.

Asegurando que la ex autoridad sí realizó las acciones tendientes a cumplir sus funciones, el Ejecutivo en la zona decidió acudir al máximo tribunal del país, luego que la Corte de Apelaciones de Valdivia estableciera un actuar ilegal y arbitrario de Peña, debido a que “no ha adoptado medidas preventivas o represivas frente a la ocupación por terceros del inmueble”.

Lo anterior, en respuesta a un recurso de protección -acogido de forma unánime- que fue interpuesto por cuatro empresas, quienes acusan no poder acceder al Fundo La Galera de Corral, que estaría siendo ocupado desde marzo por una comunidad indígena.

Cuestionando lo resuelto por el tribunal de alzada valdiviano, la Delegación Presidencial, por medio de una apelación dirigida a la Corte Suprema, aseguró que se solicitaron informes jurídicos para delimitar posibles acciones, junto con reunirse con los denunciantes, realizar coordinaciones con la Fiscalía y las policías y poner a disposición su programa de televigilancia móvil para el predio en cuestión.

No puede la Corte a través de la sentencia recurrida, desconocer las medidas adoptadas por la autoridad sobre la problemática expuesta, ni menos, atendida su naturaleza, ponderar estas como ineficaces o insuficientes, considerando que se trata de situaciones que se encuentran siendo investigadas por el Ministerio Público”, se lee en el escrito confeccionado por el Gobierno.

Además, la Delegación Presidencial afirma que “no se entrega ningún argumento jurídico-fáctico para sustentar la ilegalidad o arbitrariedad, requisito esencial para acoger el recurso de protección. Por otro lado, tampoco se sustenta la omisión de la autoridad, en tanto la Iltma. Corte tampoco hace alusión a ello en su fallo, entregando como único argumento la extensión de la situación en el tiempo y el incumplimiento de la medida de protección, todos asuntos que exceden en cuanto a su materialización en concreto, a las facultades de la Delegada Presidencial Regional”.

Cuestionando el fallo que ordena a implementar un plan de resguardo, el equipo jurídico del Gobierno argumentó que la resolución termina, “inmiscuyéndose en el accionar de otro Poder del Estado, vulnerando así el principio de separación de poderes”.

Bajo este razonamiento es que la Delegación Presidencial busca que sea la Corte Suprema el ente que en definitiva revierta la resolución y rechace el recurso interpuesto por las empresas Inversiones M.T.A. Limitada, Inversiones PGT Limitada, Inmobiliaria e Inversiones Pitren Limitada y Bellcorp S.A.

Comentarios