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Medio Ambiente Miércoles 12 de Mayo de 2021 | Publicado a las 23:56 | Actualizado a las 00:19

Este jueves rigen restricciones al uso de leña por Preemergencia Ambiental en Zona A de Valdivia

Publicado por: Germán Pérez
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Imagen de contexto | Pexels

Preemergencia Ambiental se decretó para este jueves en Valdivia, debido a un pronóstico de mala calidad del aire.

En el marco de la Gestión de Episodios Críticos del Plan de Descontaminación Atmosférica se pronosticó para este jueves 13 de mayo Preemergencia Ambiental en la Zona Territorial A, de Valdivia.

Las características de la mala calidad permiten su acumulación en el sistema respiratorio y está asociado, cada vez con mayor consistencia científica, con numerosos efectos negativos sobre la salud, como es el aumento de las enfermedades respiratorias, la disminución del funcionamiento pulmonar, y afecciones cardiovasculares. Los grupos más sensibles –niños, adultos mayores y personas con padecimientos respiratorios y cardiacos.

  • Restricciones por Preemergencia Ambiental:

  • Se prohíbe el uso de más de un calefactor a leña por vivienda durante todo el día.
  • Se prohíbe el uso de calefactores y cocinas a leña entre las 18:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente. Se exceptuarán de esta prohibición los calefactores a leña que pertenezcan a los programas de recambio del Ministerio del Medio Ambiente y aquellos que cuenten con un sello de certificación de la SEC.
  • Se prohíbe, entre las 18:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente, el funcionamiento de calderas a leña con una potencia térmica nominal menor a 75 kWt.
  • Estas medidas se aplicarán por zona territorial (A o B).
  • Se exceptúan de la prohibición los calefactores y calderas instaladas en establecimientos de la red pública de salud, establecimientos de larga estadía de adultos mayores, hogares de menores, establecimientos educacionales y establecimientos de salud privados (sólo hasta 5to año desde entrada en vigencia del plan).
  • Prohibición, entre las 18:00 horas hasta las 06:00 horas del funcionamiento de calderas industriales y de calefacción, con una potencia mayor a 75 kWt y que presenten emisiones mayores o iguales a 30 mg/Nm3 de material particulado.
    Esta medida se aplicará por zona territorial.
  • Revisa los sectores que considera la Zona Territorial A:

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