Jueves 01 de enero de 2026 |
Publicado a las
14:43 | Actualizado a las 14:43
FEDARPEL pide a Contraloría revisar dictamen por efectos en la gobernanza del borde costero
FEDARPEL pide a Contraloría revisar dictamen por efectos en la gobernanza del borde costero
La Federación de Armadores Pelágicos (FEDARPEL), en representación del sector de la pesca artesanal, informó que presentó una solicitud de reconsideración ante la Contraloría General de la República respecto del dictamen E192901/2025, emitido por la Contraloría Regional de Los Ríos, al estimar que contiene una interpretación jurídica errónea con potencial impacto negativo en la gobernanza del borde costero.
Desde la Federación explicaron que el pronunciamiento regional permite que una resolución que aprueba con modificaciones una solicitud de Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios (ECMPO) sea tratada como si se tratara de un “rechazo parcial”, habilitando un recurso de reclamación que, a juicio del gremio, no está contemplado en la normativa vigente.
“El ordenamiento jurídico es claro: la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC) solo puede resolver aprobar, aprobar con modificaciones o rechazar. No existe en la ley ni en el reglamento la figura del rechazo parcial”, señalaron desde FEDARPEL.
La organización recalcó que la aprobación con modificaciones constituye un acto administrativo favorable, que permite la continuidad del procedimiento, mientras que el rechazo es la única decisión que pone término al mismo. A su juicio, confundir estas categorías desnaturaliza el procedimiento establecido por el legislador y genera incertidumbre jurídica.
Asimismo, FEDARPEL advirtió sobre los riesgos institucionales de mantener el criterio del dictamen regional, entre ellos la judicialización permanente de decisiones aprobatorias, el debilitamiento del rol de la CRUBC y un aumento de la conflictividad territorial en el borde costero, con impacto directo en la pesca artesanal y otros usuarios históricos del litoral.
Finalmente, la Federación hizo un llamado a las autoridades regionales y nacionales a respetar estrictamente la distinción establecida en la Ley N° 20.249, confiando en que la Contraloría General acogerá la solicitud de reconsideración presentada.





